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Aspectos relevantes en la convivencia vial

La Ley de Convivencia Vial (Ley N° 21.088) representa una reforma significativa a la legislación de tránsito, introduciendo cambios sustanciales en el uso del espacio vial y promoviendo la coexistencia de diversos tipos de vehículos en nuestras calles. Este marco legal no solo fomenta la interacción segura entre distintos medios de transporte y peatones, sino que también establece medidas destinadas a proteger a los usuarios más vulnerables, aquellos que carecen de un vehículo motorizado y están en mayor riesgo de sufrir lesiones graves o fatales en caso de accidente.

Aspectos relevantes en la convivencia vial

Desde su implementación, se ha observado un impacto positivo en la reducción de la tasa de mortalidad asociada a accidentes de tránsito. En este contexto, es fundamental dirigir la atención hacia los automovilistas, quienes juegan un papel clave en la promoción de una convivencia vial segura. Esta nota tiene como objetivo brindar orientación a los conductores interesados en aprender cómo enfrentar estas nuevas dinámicas de circulación, compartir el espacio vial de manera responsable y aclarar posibles dudas, contribuyendo así a una mejor formación vial y a la prevención de accidentes.

Es importante destacar que el incumplimiento de estas normativas puede acarrear sanciones económicas, las cuales oscilan entre 0,2 y 0,5 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), como medida disuasiva para garantizar el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley de Convivencia Vial.

Aspectos básicos de la ley de convivencia vial (convivencia de modos)

En primer lugar, es crucial entender qué tipos de vehículos pueden compartir el espacio vial según las reglas actualizadas.

La ley distingue entre vehículos que funcionan con motor y los que no, agrupando a estos últimos como "ciclos", que incluyen bicicletas, patinetas, patines, monopatines y otros similares. Además, se consideran en esta categoría los vehículos con ayuda eléctrica que no superen los 0,25 kW de potencia y los 25 km/h de velocidad máxima.

Es relevante notar que aquellos vehículos que superen los 25 km/h deben obedecer las mismas normas que los vehículos motorizados.

Según las nuevas regulaciones, estos vehículos no motorizados deben usar preferentemente las ciclovías. Si no hay ciclovías disponibles, deben utilizar el carril derecho del lado derecho de la carretera. Es importante destacar que para los conductores de transporte público o aquellos que usan carriles exclusivos para autobuses, donde estos carriles suelen estar ubicados en el lado derecho de la carretera, los ciclistas deben ir en la misma dirección, pero por el lado izquierdo de la carretera.

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Aspectos a considerar por los conductores

  • En ausencia de una ciclovía, las personas que viajen en ciclos deben utilizar el carril derecho de la calzada.

  • Se requiere que el conductor mantenga una distancia de al menos 1.5 metros al pasar junto a un ciclo.

  • Cuando adelante a un ciclo, asegúrese de mantener una distancia de 1.5 metros y permita suficiente espacio para que la maniobra se realice de manera segura y sin problemas.

  • Es crucial prestar especial atención en los cruces, ya que los ciclistas deben reducir la velocidad y detenerse. Por lo tanto, como conductor, debe estar alerta a las condiciones de la vía y estar preparado para percibir la presencia de ciclistas en su lado derecho.

  • Los vehículos motorizados tienen prohibido circular por las ciclovías.

  • Se debe prestar especial atención a las áreas designadas como "zonas de tráfico calmado", donde los vehículos motorizados no pueden exceder los 30 km/h. Estas áreas están destinadas al uso de ciclos y a la seguridad de las zonas escolares.

  • En áreas urbanas, la velocidad máxima permitida es de 50 km/h.

Convivencia vial

Siguiendo estos sencillos pero efectivos consejos, contribuimos a mantener la armonía en la circulación por las calles de nuestro país, respetando a aquellos que no utilizan vehículos motorizados y ayudando a reducir las tasas de accidentes fatales, que han disminuido considerablemente gracias a la implementación de esta ley.

Felipe Astudillo

Felipe Astudillo - Abogado Jefe

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